LASoc

Artículo 65. Supervision y vigilancia normativa

La Secretaria de Salud a traves de su organismo y las autoridades locales son responsables de supervisar y vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas en instituciones asistenciales. Esto establece la estructura de control del sistema.

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Texto Legal

La supervisión y vigilancia para el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, corresponde a la Secretaría de Salud a través del Organismo y a las autoridades locales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las instituciones asistenciales deben estar preparadas para inspecciones de la Secretaria de Salud y autoridades locales. Mantén documentacion completa de cumplimiento normativo y coopera activamente con las autoridades supervisoras para evitar sanciones administrativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 65 del LASoc?

La Secretaria de Salud a traves de su organismo y las autoridades locales son responsables de supervisar y vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas en instituciones asistenciales. Esto establece la estructura de control del sistema.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 65 de la LEY de Asistencia Social?

Las instituciones asistenciales deben estar preparadas para inspecciones de la Secretaria de Salud y autoridades locales. Mantén documentacion completa de cumplimiento normativo y coopera activamente con las autoridades supervisoras para evitar sanciones administrativas.

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