La dependencia o entidad contratante tiene opcion de compra sobre bienes propiedad del desarrollador destinados a la prestacion de servicios.
La dependencia o entidad contratante tendrá opción de compra en relación con los demás bienes propiedad del desarrollador, que ésta haya destinado a la prestación de los servicios contratados.
Capítulo Décimo De la Supervisión de los Proyectos
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta clausula favorece la adquisicion publica de activos al final del contrato. Los desarrolladores deben prever esta posibilidad en su analisis financiero y negociar precios justos para la opcion.
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Art. 123. Transferencia de Bienes al Terminar
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Art. 125. Supervision por Secretaria Funcion Publica
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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