LAPP

Artículo 129. Penas Convencionales por Incumplimiento

El incumplimiento de obligaciones contractuales genera penas convencionales pactadas, que pueden incluir reducciones en contraprestaciones al desarrollador.

penas convencionalesincumplimiento contractualpenalizacionescontraprestacion

Texto Legal

El incumplimiento de las obligaciones del contrato de asociación público-privada dará lugar a las penas convencionales pactadas en el propio contrato, las cuales podrán incluir reducciones en las contraprestaciones a favor del desarrollador.

En los supuestos de incumplimiento de las autorizaciones para el desarrollo de proyectos de asociación público-privada, se estará a las disposiciones que regulan tales instrumentos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las penas deben ser razonables y proporcionales al incumplimiento. Recomendamos negociar escalas de penalizacion que distingan entre incumplimientos menores y graves para evitar disputas posteriores sobre proporcionalidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 129 del LAPP?

El incumplimiento de obligaciones contractuales genera penas convencionales pactadas, que pueden incluir reducciones en contraprestaciones al desarrollador.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 129 de la LEY de Asociaciones Público Privadas?

Las penas deben ser razonables y proporcionales al incumplimiento. Recomendamos negociar escalas de penalizacion que distingan entre incumplimientos menores y graves para evitar disputas posteriores sobre proporcionalidad.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 129 del LAPP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 129 LAPP desde tu celular