Requiere que convenios con entidades federativas y municipios establezcan expresamente la aplicabilidad de la Ley de APP para proyectos con recursos federales.
En caso de proyectos de asociaciones público-privadas a que se refiere la fracción IV del artículo 4 inmediato anterior, en los convenios para la aportación de recursos federales, en numerario o en especie, deberá pactarse expresamente que a las entidades federativas o municipios -según se trate- les serán aplicables, en relación con dichos proyectos, las disposiciones de la presente Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Disposicion procedimental pero importante: sin clausula expresa en convenio, podria impugnarse aplicabilidad de la ley a gobiernos locales. Recomendable incluir referencia explicita a esta Ley en todo convenio de transferencia de recursos para APP.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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