Los permisos y autorizaciones necesarios para proyectos de asociación público-privada se otorgarán mediante un procedimiento de concurso. Esto asegura transparencia en el proceso.
Cuando en un proyecto de asociación público-privada el uso de bienes públicos o la prestación de los servicios por parte del o de los desarrolladores requieran de permisos, concesiones u otras autorizaciones, éstos se otorgarán conforme a las disposiciones que los regulen, con las salvedades siguientes:
I. Su otorgamiento se realizará mediante el procedimiento de concurso previsto en la presente Ley; y
II. La vigencia de cada una de las autorizaciones para la prestación de los servicios se sujetará a lo siguiente:
a) Cuando el plazo inicial máximo que establezca la ley que regula la autorización sea menor o igual al plazo de cuarenta años, aplicará éste último;
b) Cuando la ley que rige la autorización establezca un plazo inicial máximo mayor al de cuarenta años, aplicará el plazo mayor, y
LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
c) Independientemente del plazo inicial por el que se otorgue la autorización, su duración, con las prórrogas que en su caso se otorguen conforme a la ley de la materia, no podrá exceder el plazo máximo señalado por dicha ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La transparencia en el otorgamiento de autorizaciones es clave para la confianza pública. Asegúrese de que todos los procedimientos se sigan correctamente para evitar impugnaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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