LCEC_120419

Artículo 9. Objeto y funciones de confederaciones

Define ocho objetivos de Confederaciones incluyendo representacion, coordinacion de camaras, arbitraje entre confederadas, relaciones internacionales y establecimiento de estandares de calidad.

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Texto Legal

Las Confederaciones tendrán por objeto:

I. Representar los intereses generales de la actividad comercial o industrial, según corresponda;

II. Agrupar y coordinar los intereses de las Cámaras que las integran coadyuvando a la unión y desarrollo de las mismas;

III. Desempeñar la función de árbitro en las controversias de sus confederadas, mediante un órgano constituido expresamente para el efecto;

IV. Establecer relaciones de colaboración con instituciones afines del extranjero;

V. Diseñar conjuntamente con sus confederadas los procedimientos para la autorregulación de niveles de calidad de los servicios que presten las Cámaras, y aplicarlos;

VI. Promover el sano desarrollo de las actividades que representan, procurando elevar la ética empresarial en los negocios;

VII. Proponer a la Secretaría la creación de nuevas Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo y de Industria, y

VIII. Cumplir con el objeto que esta Ley establece para las Cámaras.

Capítulo Segundo De la circunscripción, actividades, giros y regiones

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las Confederaciones actuan como entidad coordinadora y reguladora de camaras. Pueden arbitrar controversias entre sus miembros, lo que crea un sistema de resolucion alterna obligatoria que debe considerarse en conflictos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LCEC_120419?

Define ocho objetivos de Confederaciones incluyendo representacion, coordinacion de camaras, arbitraje entre confederadas, relaciones internacionales y establecimiento de estandares de calidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones?

Las Confederaciones actuan como entidad coordinadora y reguladora de camaras. Pueden arbitrar controversias entre sus miembros, lo que crea un sistema de resolucion alterna obligatoria que debe considerarse en conflictos.

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