LCJPJF

Artículo 1. Objeto y finalidad de la ley

Establece las bases para el desarrollo de la Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federacion y regula su funcionamiento. Articulo fundamental que define el alcance y proposito de toda la normativa.

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Texto Legal

Objeto La presente Ley tiene por objeto establecer las bases para el desarrollo de la Carrera Judicial de las personas servidoras públicas de carácter jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación y regular su funcionamiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es la piedra angular de la ley. Para cualquier interpretacion de disposiciones posteriores, debe considerarse que la Carrera Judicial es un sistema institucional integral que engloba ingreso, formacion, promocion, evaluacion y separacion. Recomendable tenerlo como referencia constante en consultorias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1 del LCJPJF?

Establece las bases para el desarrollo de la Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federacion y regula su funcionamiento. Articulo fundamental que define el alcance y proposito de toda la normativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1 de la LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial?

Este articulo es la piedra angular de la ley. Para cualquier interpretacion de disposiciones posteriores, debe considerarse que la Carrera Judicial es un sistema institucional integral que engloba ingreso, formacion, promocion, evaluacion y separacion. Recomendable tenerlo como referencia constante en consultorias.

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