Autoriza al Poder Judicial a recabar informacion de recursos humanos mediante convenios con autoridades e instituciones, y ordena resguardar la informacion conforme a leyes y disposiciones administrativas.
Información El Poder Judicial de la Federación, para efectos del Registro, podrá recabar información de recursos humanos proporcionada por las autoridades o instituciones con las cuales se suscriban convenios.
La información contenida en el Registro deberá ser resguardada por el Poder Judicial de la Federación conforme a las leyes y disposiciones administrativas de la materia.
CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO RECONOCIMIENTOS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cualquier convenio para recabar informacion debe documentarse formalmente. El resguardo requiere cumplimiento con leyes de proteccion de datos y transparencia, especialmente relevante post-LGPD.
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Art. 47. Actualizacion datos Registro capacitacion
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Art. 49. Sistema reconocimientos desempeño judicial
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