Obliga a servidores publicos a informar vinculos familiares y de pareja registrando en padron de Registro Unico e informando a Titulares, para evitar futuras prohibiciones de contratacion.
Obligación de informar Las personas servidoras públicas tendrán la obligación de informar sus vínculos familiares y de pareja. Para tal efecto, deberán hacer los registros respectivos en el padrón de relaciones familiares, contenido en el Registro Único, e informar a sus Titulares, para que éstos tengan claridad sobre casos que pudieran actualizar una prohibición de contratación en el futuro o si deben solicitar opinión a el área competente del Órgano respecto de ésta. En el caso de los Tribunales Colegiados, los vínculos familiares y de pareja del personal que no esté asignado a una ponencia, serán informados a la Presidencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta es obligacion continua. El incumplimiento genera sanciones significativas (impedimento de licencias, concursos, nombramientos). La informacion al Titular debe documentarse por escrito y puede ser requerida en auditorias administrativas.
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Art. 59. Refrendacion actualizacion informacion vinculos
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