Establece que la Ley regula el concurso mercantil como materia de interes publico, buscando conservar empresas y proteger acreedores. Define los principios rectores: trascendencia, economia procesal, celeridad, publicidad y buena fe.
La presente Ley es de interés público y tiene por objeto regular el concurso mercantil.
Es de interés público conservar las empresas y evitar que el incumplimiento generalizado de las obligaciones de pago ponga en riesgo la viabilidad de las mismas y de las demás con las que mantenga una relación de negocios. Con el fin de garantizar una adecuada protección a los acreedores frente al detrimento del patrimonio de las empresas en concurso, el juez y los demás sujetos del proceso regulado en esta Ley deberán regir sus actuaciones, en todo momento, bajo los principios de trascendencia, economía procesal, celeridad, publicidad y buena fe. Párrafo reformado DOF 10-01-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental pues establece la razon de ser de toda la Ley. Los contadores deben entender que el objetivo primario es conservar la empresa viable, no liquidarla. Los principios de celeridad y economia procesal son criticos para gestionar costos durante un concurso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo