LCM

Artículo 22. Contenido de la demanda

La demanda de concurso mercantil debe incluir información específica sobre el tribunal, el demandante y el demandado, así como los hechos y fundamentos de derecho. Esto asegura claridad en el proceso.

demandaconcursos mercantilescontenido

Texto Legal

La demanda de concurso mercantil deberá ser presentada en los formatos que al efecto dé a conocer el Instituto, pero en cualquier caso deberá ser firmada por quien la promueva y contener: Párrafo reformado DOF 10-01-2014

I. El nombre del tribunal ante el cual se promueva;

II. El nombre completo y domicilio del demandante;

III. El nombre, denominación o razón social y el Domicilio del Comerciante demandado incluyendo, cuando se conozcan, el de sus diversas oficinas, plantas fabriles, almacenes o bodegas;

IV. Los hechos que motiven la petición, narrándolos brevemente con claridad y precisión;

V. Los fundamentos de derecho, y

VI. La solicitud de que se declare al Comerciante en concurso mercantil, o en su caso, en concurso mercantil en etapa de quiebra de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de esta Ley. Fracción reformada DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Asegurarse de que la demanda esté completa y bien estructurada es esencial para evitar retrasos en el proceso judicial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LCM?

La demanda de concurso mercantil debe incluir información específica sobre el tribunal, el demandante y el demandado, así como los hechos y fundamentos de derecho. Esto asegura claridad en el proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Asegurarse de que la demanda esté completa y bien estructurada es esencial para evitar retrasos en el proceso judicial.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 22 del LCM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 22 LCM desde tu celular