LCM

Artículo 295. Presunciones documentales reconocimiento

Permite juez presumir autenticidad de documentos presentados sin legalizacion. Presume que domicilio social o residencia del comerciante es centro de principales intereses.

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Texto Legal

Si la resolución o el certificado de los que se trata en el segundo párrafo del artículo 292 de esta Ley indican que el Procedimiento Extranjero es un procedimiento de los descritos en la fracción I del artículo 279 anterior y que el Representante Extranjero es una persona o un órgano de acuerdo con la fracción IV del mencionado artículo 279, el juez podrá presumir que ello es así. Párrafo reformado DOF 10-01-2014

El juez estará facultado para presumir que los documentos que le sean presentados en apoyo de la solicitud de reconocimiento son auténticos, estén o no legalizados.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que el Domicilio social del Comerciante o su residencia habitual, si se trata de una persona física, es el centro de sus principales intereses.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Facilita procedimientos agilizados al admitir presunciones iuris tantum. Sin embargo, terceros pueden impugnar con prueba en contrario; importante documentar origen e integridad de pruebas desde el inicio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 295 del LCM?

Permite juez presumir autenticidad de documentos presentados sin legalizacion. Presume que domicilio social o residencia del comerciante es centro de principales intereses.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 295 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Facilita procedimientos agilizados al admitir presunciones iuris tantum. Sin embargo, terceros pueden impugnar con prueba en contrario; importante documentar origen e integridad de pruebas desde el inicio.

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