Vendedor de bienes muebles no pagados en ruta puede variar consignacion o detener entrega. La oposicion se sustancia por via incidental con conciliador.
El vendedor de bienes muebles no pagados, que al declararse el concurso mercantil estén en ruta para su entrega material al Comerciante declarado en concurso mercantil, podrá oponerse a la entrega:
I. Variando la consignación en los términos legalmente admitidos, o
II. Deteniendo la entrega material de los bienes, aunque no disponga de los documentos necesarios para variar la consignación.
La oposición a la entrega se substanciará por la vía incidental entre el enajenante y el Comerciante, con intervención del conciliador.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los contadores deben rastrear compras en transito para identificar oportunidades de reivindicacion o cambio de consignacion. Debe coordinarse con el conciliador para tomar posicion sobre mercancia en ruta.
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