LCM

Artículo 98. Pago de ventas por entregas

En ventas por entregas, las partes no pagadas deben saldarse para cumplir requisitos de extincion contractual. Este pago es condicion previa para efectos de cumplimiento establecidos en articulos anteriores.

ventasentregaspagocumplimiento contractual

Texto Legal

Si se tratare de ventas por entregas, y algunas de éstas se hubieren efectuado sin que hayan sido pagadas, deberán pagarse, lo que será requisito para los efectos del cumplimiento previsto en el artículo anterior y en el tercer párrafo del artículo 92 de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Aplica a contratos de compraventa fraccionada donde algunas entregas han sido incumplidas en pago. El comerciante debe verificar que todas las cuotas esten saldadas antes de considerar el contrato cumplido para efectos concursales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 98 del LCM?

En ventas por entregas, las partes no pagadas deben saldarse para cumplir requisitos de extincion contractual. Este pago es condicion previa para efectos de cumplimiento establecidos en articulos anteriores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 98 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Aplica a contratos de compraventa fraccionada donde algunas entregas han sido incumplidas en pago. El comerciante debe verificar que todas las cuotas esten saldadas antes de considerar el contrato cumplido para efectos concursales.

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