LDSC

Artículo 19. Convenios para integracion del Sistema de Informacion

Secretaria puede convenir con gobiernos estatales, municipales e instituciones publicas y privadas su colaboracion para integracion y actualizacion confiable del Sistema Nacional de Informacion.

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Texto Legal

La Secretaría podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, los municipios, así como con instituciones y organizaciones públicas y privadas, su colaboración para la integración y actualización confiable de dicho Sistema.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo operativo que habilita coordinacion vertical (federal-estatal-municipal) y con sector privado. Implica que datos del sistema proviniran de multiples fuentes. Requiere protocolos de calidad de informacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LDSC?

Secretaria puede convenir con gobiernos estatales, municipales e instituciones publicas y privadas su colaboracion para integracion y actualizacion confiable del Sistema Nacional de Informacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura?

Articulo operativo que habilita coordinacion vertical (federal-estatal-municipal) y con sector privado. Implica que datos del sistema proviniran de multiples fuentes. Requiere protocolos de calidad de informacion.

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