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LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura

La Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura regula el marco normativo para el fomento, desarrollo y sostenibilidad de la cafeticultura en Mexico. Esta ley aplica a todos los actores involucrados en la cadena productiva del cafe, incluyendo productores, comercializadores y organismos de apoyo. Entre los temas principales que cubre se encuentran el financiamiento, la calidad del cafe, la regulacion de importaciones y exportaciones, y la creacion de un sistema nacional de informacion. Su importancia radica en que proporciona un marco legal claro que facilita la operacion de los actores del sector, promoviendo la competitividad y sostenibilidad, lo que resulta relevante tanto para abogados y contadores que asesoran a empresas del rubro, como para ciudadanos que dependen de esta actividad economica.

Publicado: 19 de diciembre de 2025|Última reforma: 19 de diciembre de 2025| PDF oficial

Estructura

85 artículos totales · 40 artículos clave analizados

Artículos (85)

Art.
1

Artículo 1. Objeto y alcance de la Ley

Establece que la Ley es de interes publico y observancia general, con el objeto de normar y fomentar la produccion, distribucion, industrializacion y comercializacion del cafe como producto basico y estrategico para la seguridad alimentaria del pais.

interes publicoobjeto de leyseguridad alimentaria
Art.
2

Artículo 2. Sujetos de la Ley y normatividad supletoria

Define como sujetos a personas fisicas o morales que realizan actividades de siembra, cultivo, cosecha, industrializacion y comercializacion de cafe. Establece aplicacion supletoria de leyes de desarrollo rural y procedimiento administrativo.

sujetos obligadospersonas fisicaspersonas morales
Art.
3

Artículo 3. Definiciones de terminos cafetaleros

Proporciona 16 definiciones clave sobre tipos de cafe, procesos de beneficio y caracteristicas del producto, incluyendo cafe arabiga, robusta, organico, sustentable, pergamino y natural, entre otros.

definicionesclasificacion cafebeneficio humedo
Art.
4

Artículo 4. Principios rectores de la cafeticultura

Establece seis principios fundamentales: sustentabilidad ambiental-economica-social, innovacion tecnologica, articulacion de politicas publicas, colaboracion intersectorial, precios accesibles con sustentabilidad productora, y fomento del cafe mexicano de calidad.

principiossustentabilidadinnovacion
Art.
5

Artículo 5. Medidas de apoyo federal para cafeticultura

Enumera diez medidas de apoyo que el Gobierno Federal puede implementar, incluyendo fomento de practicas sustentables, esquemas de comercializacion, verificacion de calidad, investigacion, capacitacion, asociacionismo y cafeticultura bajo sombra.

subsidiosapoyo federalfomento
Art.
6

Artículo 6. Atribuciones de la Secretaria de Agricultura

Confiere a la Secretaria de Agricultura facultad para conducir politica publica de cafeticultura, desarrollar programas, disenar medidas de apoyo, orientar a interesados, promover sustentabilidad ambiental, investigacion y plantas de beneficio.

autoridad competentesecretaria agriculturafacultades regulatorias
Art.
7

Artículo 7. Creacion de Comision Nacional Cafeticultura

Establece la Comision Nacional para el Desarrollo de la Cafeticultura Mexicana como instancia de dialogo, concertacion y coordinacion entre sectores publico, social y privado para impulsar la cadena productiva del cafe.

comision nacionaldialogo intersectorialcoordinacion
Art.
8

Artículo 8. Funciones de la Comision Nacional Cafeticultura

Asigna 12 funciones clave incluyendo coordinacion sectorial, representacion internacional, propuesta de planes, medidas de apoyo, emisión de opiniones sobre normas, registro de actores, promocion de mercados y capacitacion tecnologica.

funciones comisionnormas mexicanasmercados
Art.
9

Artículo 9. Integracion de la Comision Nacional

Define composicion: cinco dependencias federales, cinco representantes de productores, dos de comercializadores-exportadores, dos de industriales-torrefactores, y representante del Sistema Producto Cafe, con Secretaria Ejecutiva en SADER.

composicion comisionrepresentacionsectores cafetaleros
Art.
10

Artículo 10. Acreditaciones y caracter honorario de integrantes

Requiere acreditaciones escritas de integrantes de la Comision expedidas por titulares de dependencias u organizaciones. Establece que funciones son honorificas sin retribucion ni emolumento alguno.

acreditacioneshonorariosfuncionamiento comision
Art.
11

Artículo 11. Notificacion de propuestas de la Comision

Establece que propuestas de la Comision seran notificadas a titulares de Secretarias competentes y organizaciones involucradas.

comunicacionnotificacionpropuestas
Art.
12

Artículo 12. Comites y grupos de trabajo de la Comision

Autoriza a la Comision para auxiliarse de comites o grupos de trabajo integrados por actores de la cadena productiva del cafe para ejercer sus funciones.

grupos trabajocomitesestructura
Art.
13

Artículo 13. Sesiones y funcionamiento de la Comision

Establece que Comision sesiona minimo una vez al ano al inicio del ciclo cafetalero, requiere mayoria mas uno para quorum, toma decisiones por mayoria de votos, levanta actas y permite observadores sin voto.

sesionesquorumvotacion
Art.
14

Artículo 14. Servicios de informacion a actores cafetaleros

Secretaria con apoyo del Sistema Producto Cafe prestara cinco servicios: informacion de precios y costos, asesoria de riesgos, indicadores de desempeno, supervision de certificaciones, y asesoria en servicios ambientales.

servicios informacionprecioscertificacion
Art.
15

Artículo 15. Actividades de la persona titular de la Comision

Asigna nueve responsabilidades al titular: formular reglas, presentar politicas, designar representantes, informar sobre registros, elaborar informes semestrales, dar seguimiento a acuerdos, promover cooperacion y demandar cumplimiento normativo.

titular comisionresponsabilidadesreportes
Art.
16

Artículo 16. Sistema Nacional de Informacion Cafeticultura

Crea Sistema Nacional de orden publico coordinado por Secretaria, para documentar, identificar y proporcionar informacion actualizada sobre actores de cadena productiva del cafe, economia, estadisticas agropecuarias y conservacion.

sistema informacionbase datosregistro actores
Art.
17

Artículo 17. Objeto del Sistema Nacional de Informacion

Sistema documenta actores cafetaleros, componentes economicos, estadisticas agropecuarias, regionalizacion, relacion con areas naturales protegidas, financiamiento, desarrollo tecnologico, servicios tecnicos y practicas agroecologicas.

objeto sistemadatos incluidosinformacion estrategica
Art.
18

Artículo 18. Accesibilidad y contenidos del Sistema de Informacion

Sistema sera publico proporcionando informacion sobre clima, precios, mercados, comercio interno-externo, servicios tecnicos, normalizacion, propiedad industrial e innovacion, respetando derechos de propiedad intelectual y datos personales.

informacion publicaaccesoprecios
Art.
19

Artículo 19. Convenios para integracion del Sistema de Informacion

Secretaria puede convenir con gobiernos estatales, municipales e instituciones publicas y privadas su colaboracion para integracion y actualizacion confiable del Sistema Nacional de Informacion.

convenioscolaboracionintegracion datos
Art.
20

Artículo 20. Participacion de universidades y sector privado

Universidades, empresas y agentes de sectores social y privado que realicen capacitacion, asistencia tecnica, investigacion, desarrollo tecnologico e innovacion en cafe pueden proporcionar informacion al Sistema Nacional.

participacion privadauniversidadesinvestigacion
Art.
21

Artículo 21. Integracion de productores al registro agropecuario

La Secretaria integrara progresivamente a todos los actores de la cadena cafetalera en el Servicio Nacional de Registro Agropecuario, utilizando informacion de asociaciones, instituciones educativas y entidades publicas o privadas.

registro agropecuarioproductores de cafeinformacion sectorial
Art.
22

Artículo 22. Registro nacional de actores cafetaleros

Se crea el Registro de Personas Productoras, Acopiadoras, Industriales, Comercializadoras y Exportadoras e Importadoras de Cafe como mecanismo de informacion y consulta para ordenar la cadena productiva.

registro de actorescadena productivacomercializacion
Art.
23

Artículo 23. Bases del sistema nacional de informacion

La Secretaria expedira las bases normativas para el funcionamiento del Sistema Nacional de Informacion de la Cafeticultura y del Registro de actores de la cadena cafetalera.

sistema de informacionnormasregistro
Art.
24

Artículo 24. Politica publica de impulso a cafeticultura

La Secretaria formulara politicas publicas para impulsar la cafeticultura con mecanismos innovadores de financiamiento, asesoria y acompanamiento tecnico segun disponibilidad presupuestal.

politica publicafinanciamientoasesoria tecnica
Art.
25

Artículo 25. Mecanismos de financiamiento para adaptacion climatica

La Comision propone a la Secretaria mecanismos que conjunten recursos publicos y crediticios para apoyar la adaptacion climatica del cultivo del cafe ante riesgos del cambio climatico.

financiamientoadaptacion climaticacambio climatico
Art.
26

Artículo 26. Acciones para impulso y mitigacion de riesgos

La Secretaria implementara acciones y mecanismos para impulsar la cafeticultura mexicana, mitigar riesgos climaticos, enfermedades fitosanitarias y otras contingencias ambientales.

mitigacion de riesgosfitosanitariocambio climatico
Art.
27

Artículo 27. Instrumentos de aseguramiento y administracion de riesgos

El Gobierno Federal facilitara el desarrollo de instrumentos de aseguramiento de la produccion de cafe y sistemas de administracion de riesgos en produccion, comercializacion y otros aspectos.

aseguramientoseguros agricolasadministracion de riesgos
Art.
28

Artículo 28. Capacitacion en gestion financiera para productores

La Comision propone mecanismos de capacitacion para que las personas productoras mejoren su cultura financiera y gestion de recursos.

capacitacioncultura financieragestion de recursos
Art.
29

Artículo 29. Condiciones preferenciales en creditos cafetaleros

Los creditos para impulso de cafeticultura a traves de banca de desarrollo o comercial deben considerar condiciones preferenciales competitivas internacionalmente en tasas y plazos.

creditobanca de desarrollotasas preferenciales
Art.
30

Artículo 30. Investigacion y asistencia tecnica cafetalera

La Secretaria impulsara investigacion, capacitacion y asistencia tecnica para productores en renovacion de plantaciones, mejora de variedades, plagas, densidad de plantas, nutricion y manejo integrado.

investigacionasistencia tecnicarenovacion de plantaciones
Art.
31

Artículo 31. Plan especifico de investigacion y capacitacion

La Secretaria coordinara con la Comision, Comite Sistema Producto Cafe e instituciones para elaborar plan de investigacion, capacitacion, asistencia tecnica y difusion cafetalera con nueve acciones prioritarias.

plan sectorialinvestigaciontecnologia
Art.
32

Artículo 32. Generacion de variedades mejoradas de cafe

La Comision propone acciones de apoyo para generar variedades o progenies de cafe que solucionen problemas de plagas, enfermedades y mejoren productividad y calidad.

variedades mejoradasplagasenfermedades
Art.
33

Artículo 33. Apoyo para asistencia tecnica y capacitacion

La Comision propone medidas de apoyo a organizaciones productivas de cafe para la adquisicion de servicios de asistencia tecnica y capacitacion.

asistencia tecnicacapacitacionorganizaciones productivas
Art.
34

Artículo 34. Asistencia tecnica integral para sustentabilidad

La Comision promovera que la contratacion de servicios sea integral, cubriendo productividad, beneficiado, transformacion, comercializacion, administracion y valor agregado.

asistencia tecnica integralbeneficiadovalor agregado
Art.
35

Artículo 35. Preservacion de acervo cultural generado

El material y acervo cultural generado con apoyos publicos sera resguardado y difundido por la Secretaria con respeto a derechos de propiedad intelectual.

propiedad intelectualinvestigacioninformacion publica
Art.
36

Artículo 36. Capacitacion en manejo de materiales vegetativos

La Secretaria sera responsable de capacitar en manejo adecuado de materiales vegetativos, herramientas y documentos generados, en coordinacion con instituciones de investigacion y educativas.

capacitacionmateriales vegetativosherramientas
Art.
37

Artículo 37. Politicas publicas de fomento a cafeticultura

La Secretaria formulara politicas publicas de fomento alineadas con la presente Ley y el Sistema Nacional de Planeacion, identificando prioridades, estrategias, programas y acciones.

politica publicaplaneacionestrategia sectorial
Art.
38

Artículo 38. Estudio de expectativa de produccion cafetalera

Previo a cada cosecha, la Comision ordenara estudio de expectativa de produccion que sera estimado oficial y reportado a la Organizacion Internacional del Cafe.

produccionestimacioncomercio internacional
Art.
39

Artículo 39. Comite de comercializacion del cafe

La Comision establecera un Comite de Comercializacion integrado por expertos y representantes sectorials para revisar informacion de produccion, consumo, importaciones y exportaciones.

comercializacioncomiteoferta y demanda
Art.
40

Artículo 40. Informacion sobre calidades de cafe comercializado

El Comite de Comercializacion generara informacion sobre distintas calidades de cafe comercializado en territorio nacional, util para integracion de Normas Oficiales Mexicanas.

calidadnormas oficialescomercializacion
Art.
41

Artículo 41. Estrategia de fomento productivo y calidad cafetalera

El Comite de Comercializacion del Cafe elaborara anualmente una estrategia para impulsar la diferenciacion de calidades por microrregion, buscando generar confianza en la consistencia del producto mexicano. Se promueve un pago diferenciado acorde a la calidad fisica, cualidades organicas y atributos ambientales.

calidad del cafediferenciacion de productoestrategia comercial
Art.
42

Artículo 42. Programas especiales para acceso a mercados

La Comision propondra a la Secretaria programas especiales para que productores y asociaciones accedan a mercados nacionales e internacionales con base en calidad, precios competitivos y procesos sustentables.

acceso a mercadosprogramas de fomentocompetitividad
Art.
43

Artículo 43. Plan de promocion del consumo de cafe mexicano

La Comision puede proponer a la Secretaria un plan de promocion del consumo de cafe de Mexico, distinguiendo la produccion de diferentes microrregiones por sus perfiles de taza y calidad reconocida.

promocion de consumocafe mexicanoperfiles de taza
Art.
44

Artículo 44. Sistemas de control buenas practicas ambientales

La Secretaria, en coordinacion con Medio Ambiente y Bienestar, apoyara el establecimiento de sistemas de control interno de buenas practicas ambientales y certificaciones que fomenten la sostenibilidad.

buenas practicas ambientalescertificaciones ambientalessostenibilidad
Art.
45

Artículo 45. Interpretacion de disposiciones tecnicas como orientaciones

Las disposiciones sobre caracteristicas del cafe, calidades, procesos y certificaciones se interpretan como orientaciones de politica publica, no requisitos obligatorios, salvo lo definido en Normas Oficiales Mexicanas.

interpretacion legalnormas tecnicasrequisitos obligatorios
Art.
46

Artículo 46. Comite de seguimiento de Precios y referentes

La Comision establecera un Comite de seguimiento de Precios que emitira referentes para compras de cafe pergamino y equivalentes, basados en datos del Sistema Nacional de Informacion de la Cafeticultura.

precioscomite de seguimientoreferentes de precio
Art.
47

Artículo 47. Mecanismo de referente para cafe convencional

El Comite de seguimiento de Precios establecera un mecanismo especifico para determinar un referente de precios para las compras de cafe convencional.

cafe convencionalreferente de preciomecanismo de precios
Art.
48

Artículo 48. Estrategia de margenes para productores vulnerables

El Comite de seguimiento de Precios propondra una estrategia de fomento que cumpla con instrumentos internacionales sobre margenes de utilidad para productores vulnerables a volatilidad de mercados.

margenes de utilidadproductores vulnerablesvolatilidad de mercados
Art.
49

Artículo 49. Estudios de costos para definicion de referentes

Se realizaran estudios anuales de costos de produccion, procesamiento en al menos 70% de produccion nacional, y comercializacion para determinar rangos de costos y referentes de precios confiables.

estudios de costosproduccionprocesamiento
Art.
50

Artículo 50. Identificacion de rangos y precios de referencia

Los estudios identificaran rangos de precios de exportacion respecto a mercado nacional, datos de comercializacion y exportacion, precios de futuros y diferenciales, mas encuestas durante cosecha sobre precios pagados a productores.

precios de exportacionprecios nacionalesfuturos de cafe
Art.
51

Artículo 51. Informes de gastos de comercializacion

El Comite presentara informes periodicos sobre gastos de comercializacion aplicados por compradores, comparandolos con costos de beneficiado y emitiendo opinion sobre asimetrias de precios.

gastos de comercializacioncadena de valorasimetrias de precio
Art.
52

Artículo 52. Opinion sobre causas de ineficiencias de precios

El Comite emitira opinion sobre causas e indicadores de ineficiencias en la cadena productiva para tomar medidas que referencien precios acorde a calidad del cafe de cada productor.

ineficienciascadena productivareferenciacion de precios
Art.
53

Artículo 53. Indicadores de referencia no vinculantes

El Comite promovera indicadores de referencia no vinculantes basados en costos promedio y precios observados para orientar decisiones comerciales de productores, sin ser precios oficiales ni obligatorios.

indicadores de referenciaorientacion comercialprecios no obligatorios
Art.
54

Artículo 54. Acciones para fortalecer precios del cafe

La Comision puede proponer a la Secretaria acciones para fortalecer economicamente los precios, incluyendo apoyos a productores en ciclos de precios bajos o coberturas de precios y garantias de credito.

fortalecimiento de preciosapoyos economicoscoberturas de precio
Art.
55

Artículo 55. Regulacion de funciones del Comite de Precios

El Reglamento de la Ley establecera las funciones del Comite de seguimiento de Precios y procedimientos para emision de recomendaciones de referentes de precios.

reglamentofunciones del comiteprocedimientos
Art.
56

Artículo 56. Reconocimiento de cafe bajo sombra

La Secretaria promovera el reconocimiento y distincion de la produccion de cafe bajo sombra en diversas entidades federativas para que su calidad se refleje en precio y consumo.

cafe bajo sombrareconocimientodiferenciacion
Art.
57

Artículo 57. Mejoramiento de calidades agroforestales

La Secretaria fomentara el mejoramiento de calidades del cultivo agroforestal de cafe bajo diversos sistemas: tradicional, sombra diversificada, sombra especializada y policultivo comercial.

sistemas agroforestalestradicionalsombra diversificada
Art.
58

Artículo 58. Criterios de calidad en Normas Oficiales Mexicanas

Los criterios de calidad del cafe seran establecidos en Normas Oficiales Mexicanas por autoridades normalizadoras en coordinacion con Secretaria de Economia, calificando produccion y beneficio de granos.

normas oficiales mexicanascriterios de calidadbeneficio
Art.
59

Artículo 59. Priorizacion de apoyo a cafe sustentable

En programas de apoyo, se priorizara a productores de cafe sustentable con practicas agroecologicas, y a beneficiadores y comercializadores con uso responsable del agua, energias limpias y manejo de residuos.

cafe sustentableagroecologiapriorizacion
Art.
60

Artículo 60. Impulso de regiones con produccion sustentable

El Gobierno Federal, a traves de la Secretaria y gobiernos estatales, impulsara regiones cafetaleras que operen bajo sistemas de produccion y beneficiado sustentables.

regiones cafetalerassustentabilidadproduccion sustentable
Art.
61

Artículo 61. Vigilancia de riesgos climaticos

La Secretaria vigilara los efectos del cambio climatico, riesgos de tierra fértil, plagas fitosanitarias y condiciones meteorologicas en la produccion cafetalera. Se realizaran analisis sobre contingencias que afecten la produccion y la salud ambiental.

cambio climaticovigilanciaplagas fitosanitarias
Art.
62

Artículo 62. Promocion de cafe sustentable

La Secretaria promovera cafe bajo sombra diversificada y policultivos para crear corredores biologicos. Se impulsaran iniciativas en captacion de agua y conservacion de biodiversidad alineadas con autosuficiencia alimentaria.

cafe sustentablesombra diversificadabiodiversidad
Art.
63

Artículo 63. Apoyos por servicios ambientales

La Secretaria propondra un mecanismo de apoyos economicos por servicios ambientales para sistemas agroforestales con cultivos de cafe bajo sombra.

servicios ambientalesagroforestalesapoyos economicos
Art.
64

Artículo 64. Mercados especializados de cafe

La Comision promovera buenas practicas en mercados especializados incluyendo cafe organico, comercio justo y cafe amigable con biodiversidad.

cafe organicocomercio justobuenas practicas
Art.
65

Artículo 65. Financiamiento para cafe sustentable

Se fomentara la gestion de financiamiento nacional e internacional para adaptacion, mitigacion de cambio climatico y combate a plagas fitosanitarias en produccion cafetalera sustentable.

financiamientocambio climaticoplagas fitosanitarias
Art.
66

Artículo 66. Programas prioritarios sustentables

Programas incluyen reduccion de emisiones, adaptacion climatica local, organizacion de produccion con valor agregado y certificacion de cafe organico y carbono neutro.

emisiones gases efecto invernaderocarbono neutrovalor agregado
Art.
67

Artículo 67. Certificacion de calidad obligatoria

Agentes de transformacion, comercializacion, importacion y exportacion de cafe certificaran calidad conforme entidad designada por Secretaria o Normas Oficiales Mexicanas.

certificacion calidadnormas oficiales mexicanastransformacion cafe
Art.
68

Artículo 68. Participacion en normas oficiales

Organizaciones sociales colaboraran con informacion en diseño de Normas Oficiales Mexicanas sobre calidad del cafe conforme Ley de Infraestructura de la Calidad.

normas oficiales mexicanasparticipacion socialcalidad cafe
Art.
69

Artículo 69. Cumplimiento normativo productos cafe

Todo producto a base de cafe y derivados observara Normas Oficiales Mexicanas, certificaciones y leyes aplicables garantizando calidad, seguridad y sostenibilidad.

productos derivados cafenormas oficiales mexicanasseguridad
Art.
70

Artículo 70. Certificacion mediante Sistema Nacional

Sistema Nacional Producto Cafe colaborara en certificacion de productos y tipos de cafe conforme Ley, reglamento y Normas Oficiales Mexicanas.

sistema nacional producto cafecertificacionnormas oficiales mexicanas
Art.
71

Artículo 71. Control aduanal de importaciones

Autoridades aduanales responsables de entrada de cafe e importaciones. Secretaria colabora proporcionando informacion tecnica sobre Normas Oficiales Mexicanas sin intervenir en aspectos arancelarios.

importaciones cafeaduanasnormas oficiales mexicanas
Art.
72

Artículo 72. Colaboracion Secretaria Economia

Secretaria colabora con Economia en reportes de importaciones, opiniones sobre mercado, datos estadisticos y diagnosticos sobre riesgos sin autorizar ni restringir importaciones.

comercio exteriorimportaciones cafepracticas desleales comercio
Art.
73

Artículo 73. Observancia normativa importaciones

Secretaria colabora con autoridades competentes en observancia de Normas Oficiales Mexicanas aplicables al cafe.

normas oficiales mexicanasobservanciaimportaciones cafe
Art.
74

Artículo 74. Certificacion voluntaria origen mexicano

Secretaria colabora en diseño de certificaciones voluntarias de origen para cafe mexicano sin ser requisitos arancelarios, conforme Ley Comercio Exterior y tratados internacionales.

certificacion origencafe mexicanocomercio exterior
Art.
75

Artículo 75. Certificaciones no sustituyen requisitos

Certificaciones voluntarias de origen no sustituyen certificados de origen exigidos por acuerdos comerciales internacionales ni actuan como restricciones.

certificacion origenacuerdos comercialesexportacion cafe
Art.
76

Artículo 76. Vigilancia exportaciones cafe

En exportaciones se vigilara no incurrir en practicas desleales de comercio o violacion de reglamentacion comercial conforme acuerdos comerciales.

exportaciones cafepracticas desleales comercioacuerdos comerciales
Art.
77

Artículo 77. Requisitos en programas fomento

Programas de fomento de Secretaria Economia para importacion de cafe deben cumplir requisitos y normatividades aplicables.

programas fomentoimportacion cafesecretaria economia
Art.
78

Artículo 78. Apoyo identificacion calidad cafe

Comision con apoyo Sistema Producto Cafe apoyara exportadores e importadores en identificacion de calidad de cafe comercializado, cubiertos costos por usuario.

calidad cafeexportadores importadoressistema producto cafe
Art.
79

Artículo 79. Extraccion cafe territorio nacional

La extraccion de cafe del territorio nacional debe cumplir disposiciones juridicas aplicables.

extraccion cafeterritorio nacionaldisposiciones juridicas
Art.
80

Artículo 80. Intercambio informacion importaciones

Secretaria coordina con autoridades aduanales para intercambiar informacion sobre importaciones definitivas o temporales de cafe conforme convenio suscrito.

importaciones cafeaduanasintercambio informacion
Art.
81

Artículo 81. Coordinacion de Dependencias en Infracciones

Las dependencias publicas de la Comision coadyuvaran en acciones contra violaciones a la Ley, su Reglamento y Normas Oficiales Mexicanas, incluyendo practicas desleales de comercio y violaciones aduanales. Establece mecanismos de cooperacion interinstitucional para hacer cumplir la normatividad cafetalera.

enforcementinfraccionescoordinacion administrativa
Art.
82

Artículo 82. Perdida de Registro por Sentencias

Las personas sujetas a sentencias definitivas en materia cafetalera pierden inmediatamente su registro en el Sistema Nacional de Registro Agropecuario. Se establece la posibilidad de reincorporacion tras cumplir requisitos y subsanar incumplimientos en plazos regulados.

sancionesregistro agropecuarioperdida de registro
Art.
83

Artículo 83. Mediacion y Conciliacion en Controversias

La Secretaria Ejecutiva de la Comision puede promover mediacion o conciliacion para resolver controversias entre actores cafetaleros conforme a la Ley y su Reglamento. Para controversias de otra competencia, la Secretaria Ejecutiva coadyuva con la autoridad competente.

mediacionconciliacioncontroversias
Art.
84

Artículo 84. Recurso de Revision en Procedimientos

Las personas afectadas por actos y resoluciones que pongan fin a procedimientos administrativos pueden interponer recurso de revision conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Garantiza acceso a recursos administrativos contra decisiones finales.

recurso de revisionprocedimiento administrativoderechos de peticion
Art.
85

Artículo 85. Responsabilidad Administrativa de Servidores

Servidores publicos que violen la Ley, otras leyes o Normas Oficiales Mexicanas en materia cafetalera seran sancionados conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Establece consecuencias por incumplimiento normativo de funcionarios.

responsabilidad administrativaservidores publicossanciones

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