Establece seis principios fundamentales: sustentabilidad ambiental-economica-social, innovacion tecnologica, articulacion de politicas publicas, colaboracion intersectorial, precios accesibles con sustentabilidad productora, y fomento del cafe mexicano de calidad.
La aplicación de la presente Ley se hará con base en los siguientes principios: I. La sustentabilidad ambiental, económica y social de la producción y las personas productoras; II. La innovación y el desarrollo tecnológico en el cultivo del café; III. La articulación de las políticas públicas de conformidad con las características y diversidad de las regiones en donde se cultiva el café; IV. La articulación y colaboración de los sectores público, social y privado en la producción del café; V. Establecimiento de políticas que al mismo tiempo que favorezcan precios accesibles del café a las personas consumidoras, permitan a las personas productoras alcanzar la sustentabilidad económica, social y ambiental del cultivo de café, y VI. El fomento y apreciación del café mexicano como un producto de calidad, inocuo, básico y estratégico, con la posibilidad de acceder a mercados de mayor innovación, valor y competitividad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Estos principios son vinculantes para interpretar toda la Ley. Cualquier politica publica o decision administrativa sobre cafe debe alinearse con ellos. Son utiles como argumento legal en controversias sobre aplicacion de la normativa.
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