LDSC

Artículo 80. Intercambio informacion importaciones

Secretaria coordina con autoridades aduanales para intercambiar informacion sobre importaciones definitivas o temporales de cafe conforme convenio suscrito.

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Texto Legal

La Secretaría, en coordinación y colaboración con las autoridades aduaneras, podrá intercambiar información sobre las importaciones definitivas o temporales de café, en los términos del convenio o acuerdo que al efecto suscriban. TÍTULO SÉPTIMO De las sanciones y la mediación CAPÍTULO ÚNICO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El intercambio de informacion aduanal incluye datos fiscal. Importadores deben mantener registros consistentes entre DIAN y SAT para evitar inconsistencias que triggueen auditoria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 80 del LDSC?

Secretaria coordina con autoridades aduanales para intercambiar informacion sobre importaciones definitivas o temporales de cafe conforme convenio suscrito.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 80 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura?

El intercambio de informacion aduanal incluye datos fiscal. Importadores deben mantener registros consistentes entre DIAN y SAT para evitar inconsistencias que triggueen auditoria.

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