LDSC

Artículo 84. Recurso de Revision en Procedimientos

Las personas afectadas por actos y resoluciones que pongan fin a procedimientos administrativos pueden interponer recurso de revision conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Garantiza acceso a recursos administrativos contra decisiones finales.

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Texto Legal

Las personas afectadas por los actos y resoluciones derivadas de la presente Ley, que pongan fin al procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente, podrán interponer recurso de revisión en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo remite a la LFPA, por lo que la presentacion de recursos debe cumplir plazos y procedimientos de esa ley (generalmente 15 dias habiles). Los afectados deben contar con asesoria legal para fundamentar adecuadamente sus recursos y evitar caducidades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 84 del LDSC?

Las personas afectadas por actos y resoluciones que pongan fin a procedimientos administrativos pueden interponer recurso de revision conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Garantiza acceso a recursos administrativos contra decisiones finales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 84 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura?

Este articulo remite a la LFPA, por lo que la presentacion de recursos debe cumplir plazos y procedimientos de esa ley (generalmente 15 dias habiles). Los afectados deben contar con asesoria legal para fundamentar adecuadamente sus recursos y evitar caducidades.

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