Obliga al comandante de tropas que arriba a una ciudad sin autoridad militar superior a realizar una visita de cortesia a las autoridades civiles locales. Regula la interaccion entre fuerzas militares y autoridades civiles.
El comandante de las tropas que arribe a una ciudad o lugar en que no hubiere autoridad militar superior, hará una visita de cortesía a las autoridades civiles.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta norma es de naturaleza ceremonial y administrativa. No genera obligaciones fiscales ni laborales, pero refleja el principio de coordinacion entre autoridades militares y civiles.
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