Define amonestacion como advertencia verbal o escrita del superior sobre omisiones o defectos en cumplimiento de deberes. Debe realizarse discretamente sin presencia de militares de menor rango.
La amonestación es el acto por el cual el superior advierte al subalterno, de palabra o por escrito, la omisión o defecto en el cumplimiento de sus deberes; invitándolo a corregirse.
En ambos casos, quien amoneste lo hará de manera que ningún individuo de menor categoría a la del aludido se aperciba de ella, procurando observar en estos casos la discreción que les exige la disciplina.
Queda prohibida la reprensión que, por ser afrentosa y degradante, es contraria a la dignidad militar. Artículo adicionado DOF 10-12-2004
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Norma procedimental que enfatiza discrecion y dignidad militar. Prohibe represiones afrentosas o degradantes. Importante para evaluacion de si una amonestacion fue aplicada conforme a ley.
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