Define arresto como correctivo cumplido en recintos militares, con o sin perjuicio del servicio. Sin perjuicio del servicio, permite solo labores que no requieran salir del alojamiento.
El arresto es el correctivo disciplinario que se impone a un militar y que debe cumplir en el interior de las unidades, dependencias o instalaciones militares, puede ser impuesto con o sin perjuicio del servicio.
En el primer caso, sólo podrán desempeñarse aquellos servicios que no requieran salir del alojamiento, por estar el militar a disposición de su Comandante o Jefe de la Unidad, dependencia o instalación. Artículo reformado DOF 10-12-2004, 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Disposicion clave sobre arresto disciplinario. La reforma 2025 anade precisiones sobre servicios permitidos durante arresto. Fundamental para entender limitaciones durante cumplimiento de sancion.
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Art. 24 Quinquies. Amonestacion como correctivo disciplinario
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