Las Entidades Federativas deben prever en sus presupuestos los gastos derivados de contratos de Asociación Público-Privada, asegurando su viabilidad financiera.
Las Entidades Federativas deberán considerar en sus correspondientes Presupuestos de Egresos, las previsiones de gasto necesarias para hacer frente a los compromisos de pago que se deriven de los contratos de Asociación Público-Privada celebrados o por celebrarse durante el siguiente ejercicio fiscal.
Para el caso de Asociaciones Público Privadas con recursos federales, se observará lo dispuesto en el artículo 4, fracción IV de la Ley de Asociaciones Público Privadas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo subraya la importancia de la planificación financiera en proyectos de asociación. Los contadores deben evaluar cuidadosamente los compromisos financieros asociados.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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