Establece la responsabilidad solidaria de servidores publicos y personas fisicas o morales que causen dano estimable en dinero a la hacienda publica. La responsabilidad se finca primero en quien ejecuta el acto y subsidiariamente en quien omitio revisar o autorizo por dolo, culpa o negligencia.
Los servidores públicos y las personas físicas o morales que causen daño o perjuicio estimable en dinero a la hacienda de las Entidades Federativas o de los Municipios, incluyendo en su caso, los beneficios obtenidos indebidamente por actos u omisiones que les sean imputables, o por incumplimiento de obligaciones derivadas de esta Ley, serán responsables del pago de la indemnización correspondiente, en los términos de las disposiciones generales aplicables.
Las responsabilidades se fincarán en primer término a quienes directamente hayan ejecutado los actos o incurran en las omisiones que las originaron y, subsidiariamente, a los que por la naturaleza de sus funciones, hayan omitido la revisión o autorizado tales actos por causas que impliquen dolo, culpa o negligencia por parte de los mismos.
LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 10-05-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Serán responsables solidarios con los servidores públicos respectivos, las personas físicas o morales privadas en los casos en que hayan participado y originen una responsabilidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece un sistema de responsabilidad en cascada: responsables directos primero, luego responsables indirectos por omision de revision. Para municipios y estados es crucial implementar controles internos robustos y documentar todas las revisiones y autorizaciones. La inclusion de terceros privados como responsables solidarios amplifica el alcance de la norma.
Anterior
Art. 61. Sanciones por incumplimiento de la Ley
Siguiente
Art. 63. Sanciones como creditos fiscales
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo