Los superiores no deben hacer observaciones o correcciones a militares ante personal de menor jerarquia o civiles, preservando la dignidad del corrregido.
El superior procurará no hacer observaciones o correcciones al militar en presencia del personal de menor jerarquía y menos aún de civiles. LEY DE DISCIPLINA PARA EL PERSONAL DE LA ARMADA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 13-12-2002 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Principio de preservacion de dignidad en la cadena de mando. Incumplimiento puede generar daño moral; recomendable que superiores documenten correcciones en privado para evitar reclamaciones por hostigamiento o menoscabo de reputacion.
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