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Artículo 41. Medios para encauzar la disciplina

Establece que la disciplina se encauza mediante medidas preventivas para conservarla y correctivos disciplinarios para restablecerla cuando ha sido quebrantada. Constituye la base conceptual del sistema disciplinario naval.

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Texto Legal

Los medios para encauzar la disciplina son las medidas preventivas y los correctivos disciplinarios; las primeras se utilizan para conservarla, mantenerla y vigorizarla; los segundos para restablecerla cuando ha sido quebrantada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es fundamental pues define la estructura dual del sistema disciplinario. Para efectos practicos, separa la prevencion (educacion) de la sancion (castigo), lo que es relevante al determinar el tipo de accion a tomar ante una conducta inadecuada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41 del 252?

Establece que la disciplina se encauza mediante medidas preventivas para conservarla y correctivos disciplinarios para restablecerla cuando ha sido quebrantada. Constituye la base conceptual del sistema disciplinario naval.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada...?

Este articulo es fundamental pues define la estructura dual del sistema disciplinario. Para efectos practicos, separa la prevencion (educacion) de la sancion (castigo), lo que es relevante al determinar el tipo de accion a tomar ante una conducta inadecuada.

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