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Artículo 43. Correctivo disciplinario definicion

Define al correctivo disciplinario como sancion impuesta por infringir precepto legal o reglamentario que no constituya delito, con finalidad correctiva y preventiva de reincidencia.

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Texto Legal

Correctivo disciplinario es la sanción que se impone al personal de la Armada como resultado de haber infringido un precepto legal o reglamentario, y la infracción no constituya un delito. Tiene como finalidad corregir las conductas contrarias a la disciplina naval y evitar la reincidencia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Elemento clave: la sancion disciplinaria solo aplica cuando NO hay delito. Si la conducta constituye delito penal, se rige por legislacion penal militar. Esta distincion es critica para determinar la jurisdiccion competente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del 252?

Define al correctivo disciplinario como sancion impuesta por infringir precepto legal o reglamentario que no constituya delito, con finalidad correctiva y preventiva de reincidencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada...?

Elemento clave: la sancion disciplinaria solo aplica cuando NO hay delito. Si la conducta constituye delito penal, se rige por legislacion penal militar. Esta distincion es critica para determinar la jurisdiccion competente.

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