Sancion de separacion definitiva del servicio con perdida total de derechos derivados de la jerarquia y tiempo de servicios, aplicable solo por organos jurisdiccionales en milicia permanente y por organismos disciplinarios en milicia auxiliar.
La Baja del Servicio Activo consiste en la separación definitiva del mismo con la pérdida total de los derechos que corresponden a la jerarquía del infractor y a su tiempo de servicios. Este correctivo será aplicado:
I. En el caso del personal de la milicia auxiliar, tanto por los organismos disciplinarios como por los órganos jurisdiccionales, y
II. En el caso del personal de la milicia permanente, sólo será aplicada por órganos jurisdiccionales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta es la sancion mas grave y representa la expulsion definitiva. Note la distincion critica: en milicia auxiliar pueden aplicarla organismos disciplinarios, pero en milicia permanente solo tribunales, lo que proporciona mayor proteccion procesal.
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