Prohibe rigor innecesario, sanciones no previstas en leyes y exigencias excesivas. Sanciona extralimitaciones de superiores contra subalternos.
El mantenimiento de la disciplina naval será firme y razonado, y serán sancionados:
I. Todo rigor innecesario y la imposición de sanción no determinada por las leyes o reglamentos;
II. Las exigencias que sobrepasen las necesidades o conveniencias del servicio, y
III. En general, todo lo que constituya una extralimitación por parte del superior hacia sus subalternos.
CAPITULO II Deberes de los Marinos Militares
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este es un articulo defensivo clave: permite impugnar sanciones que no esten tipificadas, que sean desproporcionadas o que excedan atribuciones legales. Abogados deben verificar que toda sancion este expresamente prevista en reglamentos y sea proporcional a la falta.
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