Se establece la obligación de promover programas de capacitación para quienes implementan acciones de fomento a la lectura, asegurando un desarrollo profesional adecuado.
Es obligación de las autoridades responsables de la aplicación de esta Ley, de manera concurrente o separada, promover programas de capacitación y desarrollo profesional dirigidos a los encargados de instrumentar las acciones de fomento a la lectura y a la cultura escrita.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La capacitación es esencial para el éxito de las iniciativas de fomento a la lectura. Los profesionales deben buscar oportunidades de formación continua para mejorar sus habilidades y efectividad en la promoción de la lectura.
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