Cada Organismo Integrador debe formular su reglamento interior que incluya normas sobre la admisión y exclusión de afiliados, así como derechos y obligaciones. Este reglamento es clave para la gobernanza interna.
Cada Organismo Integrador formulará su reglamento interior, que deberá contener, entre otras, las normas aplicables a:
I. La admisión, suspensión y exclusión de los afiliados;
II. La forma y metodología en que ejercerán las funciones a que se refiere el artículo 47;
III. Las medidas preventivas, correctivas y de control interno;
IV. Los derechos y obligaciones de los afiliados, así como de los no afiliados que hubiesen contratado el servicio de Asesoría Técnica y Seguimiento de Operaciones;
V. La forma de determinar las cuotas que le deberán aportar sus afiliados;
VI. Las aportaciones que los Fondos de Aseguramiento deberán cubrir para el Fondo de Protección y el Fondo de Retención Común de Riesgos;
VII. Los mecanismos voluntarios de solución de controversias entre los Fondos de Aseguramiento y sus socios, y
VIII. La forma mediante la cual se proporcionará a los afiliados la información sobre los servicios que ofrecen, con el objeto de fortalecer la cultura de la prevención en general y de seguros en particular.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Un reglamento interior bien estructurado es esencial para el funcionamiento de los Organismos Integradores. Se recomienda revisarlo periódicamente para adaptarlo a cambios normativos.
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