Los Fondos de Aseguramiento tienen varias obligaciones hacia los Organismos Integradores, incluyendo el pago de cuotas y la provisión de información. Cumplir con estas obligaciones es crucial para su operatividad.
Los Fondos de Aseguramiento, en su relación con los Organismos Integradores, tendrán las obligaciones siguientes:
I. Aportar las cuotas periódicas que fije la Asamblea General de afiliados del Organismo Integrador para su sostenimiento, el costo de la prestación del servicio de Asesoría Técnica y Seguimiento de sus Operaciones y las aportaciones para el Fondo de Protección y el Fondo de Retención Común de Riesgos, en los términos de esta Ley y de las disposiciones que de ella emanen;
LEY DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO AGROPECUARIO Y RURAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Proporcionar al Organismo Integrador la información y documentación que le requiera para efectos del cumplimiento de sus funciones establecidas en esta Ley;
III. Cumplir con las estipulaciones contenidas en el contrato de afiliación o de prestación de servicios de Asesoría Técnica y Seguimiento de Operaciones, según se trate;
IV. Asistir a través de sus representantes, a las sesiones de la Asamblea General de Afiliados del Organismo Integrador correspondiente y/o a las reuniones convocadas por la misma;
V. Cumplir con las resoluciones adoptadas por la Asamblea General de Afiliados del Organismo Integrador correspondiente, y
VI. Las demás que les señale esta Ley y otras disposiciones aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los Fondos de Aseguramiento deben estar al tanto de sus obligaciones para evitar conflictos con los Organismos Integradores. La planificación financiera puede ser útil para cumplir con los pagos requeridos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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