LIC

Artículo 192. Prescripción de acciones

Las acciones contra el Instituto por obligaciones garantizadas prescribirán en un año tras la liquidación. Este artículo es importante para la gestión de reclamaciones.

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Texto Legal

Todas las acciones contra el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario relativas al cobro de las obligaciones garantizadas a que se refiere la Ley de Protección al Ahorro Bancario, prescribirán en un plazo de un año contado a partir de la fecha en que la institución de banca múltiple haya entrado en estado de liquidación. Artículo adicionado DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las instituciones deben informar a los depositantes sobre los plazos de prescripción para que puedan ejercer sus derechos a tiempo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 192 del LIC?

Las acciones contra el Instituto por obligaciones garantizadas prescribirán en un año tras la liquidación. Este artículo es importante para la gestión de reclamaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 192 de la LEY de Instituciones de Crédito?

Las instituciones deben informar a los depositantes sobre los plazos de prescripción para que puedan ejercer sus derechos a tiempo.

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