Las utilidades y pérdidas en las instituciones de banca de desarrollo se distribuyen en proporción a las aportaciones. La distribución de utilidades solo puede realizarse tras la aprobación del balance general.
La distribución de las utilidades y, en su caso, la cuota de liquidación, se hará en proporción a las aportaciones. Las pérdidas serán distribuidas en igual forma y hasta el límite de las aportaciones. Si hubiere pérdidas del capital social, éste deberá ser reintegrado o reducido antes de hacerse la distribución de utilidades.
Las utilidades sólo podrán repartirse después de aprobado el balance general, sin exceder el monto de las que realmente se hubieren obtenido.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que las instituciones mantengan un control riguroso sobre sus utilidades y pérdidas. Los contadores deben asegurarse de que las distribuciones se realicen conforme a la normativa.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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