Este articulo establece la obligacion de la Agencia de informar a diversas secretarias sobre medidas que afecten la produccion de hidrocarburos. Es clave para la transparencia en el sector.
La Agencia informará a la Secretaría de Energía, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Nacional de Hidrocarburos y a la Comisión Reguladora de Energía, sobre cualquier medida o resolución que implique afectación a la producción de hidrocarburos, de sus derivados, así como al transporte, almacenamiento, distribución de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Hidrocarburos.
La Agencia informará a la Secretaría de Salud sobre cualquier actividad del Sector que represente un riesgo potencial a la salud pública.
La Agencia está obligada a denunciar ante la Fiscalía General de la República cualquier hecho que pudiera constituir un delito contra el ambiente en las actividades del Sector. Párrafo reformado DOF 20-05-2021
Capítulo III Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La transparencia en la comunicacion entre la Agencia y otras secretarias es crucial para la confianza en el sector. Los regulados deben estar preparados para cumplir con las exigencias de informes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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