LANSI

Artículo 22. Medidas de seguridad por riesgo critico

La Agencia puede ordenar suspension de trabajos, clausura temporal o definitiva, suspension de suministros, aseguramiento de bienes o inutilizacion de sustancias cuando exista riesgo critico en seguridad industrial o ambiental.

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Texto Legal

Cuando alguna obra o instalación represente un Riesgo Crítico en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa o de protección al medio ambiente, la Agencia podrá ordenar cualquiera de las siguientes medidas de seguridad:

I. Suspender trabajos relacionados con la construcción de obras e instalaciones;

II. Clausurar temporal, total o parcialmente las obras, instalaciones o sistemas;

III. Ordenar la suspensión temporal del suministro o del servicio;

IV. Asegurar substancias, materiales, equipos, accesorios, ductos, instalaciones, sistemas o vehículos de cualquier especie, y

V. Inutilizar sustancias, materiales, equipos o accesorios.

Al ejercer cualquiera de las medidas de seguridad previstas en el presente artículo, la Agencia deberá, de inmediato, dar aviso a la autoridad que hubiera emitido los permisos o autorizaciones respectivas, para los efectos conducentes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es fundamental para entender el poder coercitivo de la Agencia. Los regulados deben tener planes de contingencia y cumplimiento proactivo para evitar estas medidas, que pueden paralizar operaciones completamente. La notificacion inmediata a autoridades competentes es obligatoria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LANSI?

La Agencia puede ordenar suspension de trabajos, clausura temporal o definitiva, suspension de suministros, aseguramiento de bienes o inutilizacion de sustancias cuando exista riesgo critico en seguridad industrial o ambiental.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY de la Agencia Nacional de Seguridad Industr...?

Este articulo es fundamental para entender el poder coercitivo de la Agencia. Los regulados deben tener planes de contingencia y cumplimiento proactivo para evitar estas medidas, que pueden paralizar operaciones completamente. La notificacion inmediata a autoridades competentes es obligatoria.

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