LCMM

Artículo 11. Facultades del Director General

El Director ejecuta resoluciones de Junta, representa legalmente a la Casa de Moneda, formula programas anuales, administra bienes, celebra contratos y rinde informes periodicos.

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Texto Legal

El Director General será designado por la Junta de Gobierno, a propuesta del Secretario de Hacienda y Crédito Público, y sus facultades serán:

I.- Ejecutar las resoluciones de la Junta de Gobierno y los programas que hubiere aprobado la propia Junta.

II.- Representar legalmente a la Casa de Moneda de México ante terceros y toda clase de autoridades administrativas, judiciales y del trabajo, con todas las facultades generales y las que requieran cláusula especial conforme a la Ley para pleitos y cobranzas y actos de administración, así como para actos de dominio en los términos y con las limitaciones que expresamente señale la Junta de Gobierno.

LEY DE LA CASA DE MONEDA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-05-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

III.- Otorgar y revocar poderes generales o especiales con base en las facultades a que se refiere la fracción anterior.

IV.- Formular, para aprobación de la Junta de Gobierno, los programas de acuñación de moneda y de operación anual.

V.- Promover el desarrollo de técnicas de diseño y acuñación de moneda.

VI.- Administrar los asuntos propios del organismo y sus bienes, celebrando los convenios y contratos que sean necesarios y ejecutar los actos que se requieran para el mejor desarrollo de su planta productiva y aprovechamiento de sus recursos.

VII.- Rendir a la Junta de Gobierno el informe anual y los demás que la misma le solicite, en los que dará cuenta de la operación, resultados y en general, de la administración.

VIII.- Proponer, para aprobación de la Junta de Gobierno, las Condiciones Generales de Trabajo, en los términos de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

IX.- Nombrar al personal del organismo, de base o de confianza, así como autorizar los contratos de servicios profesionales por honorarios y dar por terminada la relación de trabajo y contractual respectivamente, por sí o por el representante autorizado por el organismo, con sujeción a las Condiciones Generales de Trabajo y demás disposiciones aplicables.

X.- Otorgar estímulos y recompensas al personal, y en su caso, aplicar sanciones administrativas; conceder permisos, licencias y vacaciones, de conformidad con lo previsto en las Condiciones Generales de Trabajo y demás ordenamientos aplicables en la materia.

XI.- Resolver los demás asuntos cuyo conocimiento no está reservado expresamente a la Junta de Gobierno y todos aquellos necesarios e implícitos para el cumplimiento de sus facultades.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El Director tiene amplio poder ejecutivo pero subordinado a Junta. Destacan sus facultades de representacion legal y celebracion de contratos. Para obligaciones laborales y comerciales, el Director es el agente principal de la Casa de Moneda.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 11 del LCMM?

El Director ejecuta resoluciones de Junta, representa legalmente a la Casa de Moneda, formula programas anuales, administra bienes, celebra contratos y rinde informes periodicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 11 de la LEY de la Casa de Moneda de México?

El Director tiene amplio poder ejecutivo pero subordinado a Junta. Destacan sus facultades de representacion legal y celebracion de contratos. Para obligaciones laborales y comerciales, el Director es el agente principal de la Casa de Moneda.

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