El Presidente de la Comisión debe cumplir con varios requisitos, incluyendo ser ciudadano mexicano y tener experiencia en el sistema financiero. Estos criterios aseguran la idoneidad del cargo.
El nombramiento del Presidente de la Comisión deberá recaer en persona que reúna los siguientes requisitos:
I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; Fracción reformada DOF 23-01-1998
II.- Haber ocupado, por lo menos durante cinco años, cargos de alto nivel en el sistema financiero mexicano o en las dependencias, organismos o instituciones que ejerzan funciones de autoridad en materia financiera;
III.- No desempeñar cargos de elección popular, ni ser accionista, consejero, funcionario, comisario, apoderado o agente de las entidades.
No se incumplirá este requisito cuando se tengan inversiones en términos de lo dispuesto por el artículo 16 Bis 7 de la Ley del Mercado de Valores;
IV.- No tener litigio pendiente con la Comisión, y
V.- No haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito intencional que le imponga más de un año de prisión, y si se tratare de delito patrimonial, cometido intencionalmente, cualquiera que haya sido la pena, ni inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiero mexicano.
A los miembros de la Junta de Gobierno, Vicepresidentes, Contralor Interno y Directores Generales les será aplicable lo establecido en las fracciones III a V de este artículo. Párrafo reformado DOF 23-01-1998, 10-01-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los requisitos establecidos para el Presidente son fundamentales para garantizar que la persona elegida tenga la experiencia y la integridad necesarias. Es esencial que los candidatos potenciales evalúen su cumplimiento antes de postularse.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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