Relaciones laborales entre Instituto y sus trabajadores se rigen por Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, apartado B del articulo 123 constitucional.
Las relaciones laborales entre el Instituto y sus trabajadores, se regirán por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado “B” del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CAPÍTULO II DEL CONSEJO CONSULTIVO DE FOMENTO DE LA ECONOMÍA SOCIAL Denominación del Capítulo reformada DOF 11-06-2013
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Trabajadores del Instituto son servidores publicos de tiempo completo, no bajo regimen privado. Aplica estabilidad laboral, escalafonario y derechos de carrera administrativa. Relevante si asesor a empleados del Instituto en conflictos laborales.
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