LEPEPM

Artículo 12. Reportes contables de asignaciones y contratos

PEMEX puede reportar asignaciones y contratos del Gobierno Federal con beneficios esperados siempre que afirme que hidrocarburos en subsuelo son propiedad de la Nacion.

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Texto Legal

Petróleos Mexicanos puede reportar, para efectos contables y financieros, las asignaciones y contratos que le otorgue el Gobierno Federal, así como sus beneficios esperados, siempre y cuando se afirme en la propia asignación o contrato que los hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo son propiedad de la Nación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo permite tratamiento contable de asignaciones gubernamentales como ingresos esperados, facilitando proyecciones financieras. Crucial para analistas: debe existir afirmacion expresa en contrato sobre propiedad estatal para validar reportes contables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LEPEPM?

PEMEX puede reportar asignaciones y contratos del Gobierno Federal con beneficios esperados siempre que afirme que hidrocarburos en subsuelo son propiedad de la Nacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos...?

Este articulo permite tratamiento contable de asignaciones gubernamentales como ingresos esperados, facilitando proyecciones financieras. Crucial para analistas: debe existir afirmacion expresa en contrato sobre propiedad estatal para validar reportes contables.

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