LEPEPM

Artículo 68. Definición de actividades y objetivos

El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos define las actividades y objetivos de las empresas filiales, asegurando su alineación con el Programa de Desarrollo de la empresa.

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Texto Legal

El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos está facultado para definir las actividades y objetivos de las empresas filiales, con el propósito de que se realicen en congruencia con el Programa de Desarrollo de Petróleos Mexicanos. Al efecto, debe establecer los mecanismos de información y control, y demás medidas que estime convenientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que los objetivos de las filiales estén alineados con la estrategia general de Petróleos Mexicanos para garantizar el éxito a largo plazo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del LEPEPM?

El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos define las actividades y objetivos de las empresas filiales, asegurando su alineación con el Programa de Desarrollo de la empresa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos...?

Es fundamental que los objetivos de las filiales estén alineados con la estrategia general de Petróleos Mexicanos para garantizar el éxito a largo plazo.

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