El Instituto debe atender transversalidad en politicas publicas, federalismo en programas locales, y coadyuvar con poderes Legislativo y Judicial en ambitos federal y estatal.
En el ejercicio de sus atribuciones, el Instituto deberá atender a los siguientes criterios:
I. Transversalidad en las políticas públicas a cargo de las distintas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; a partir de la ejecución de programas y acciones coordinadas;
II. Federalismo, por lo que hace al desarrollo de programas y actividades para el fortalecimiento institucional de las dependencias responsables de la aplicación de las disposiciones jurídicas que regulen la materia en las entidades federativas y los municipios, y
III. Coadyuvar en el fortalecimiento de vínculos con los poderes Legislativo y Judicial en los ámbitos federal y estatal, con el fin de cumplir con los objetivos de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Define principios operativos clave: transversalidad requiere coordinacion forzosa entre dependencias federales. Federalismo obligacion reforzar instituciones locales. Clave para entender competencias compartidas.
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