Requiere autorizacion discrecional de la Comision con opinion de Hacienda. Solicitud debe incluir estatutos, programa operativo y escrituras constitutivas aprobadas por la Comision e inscritas en Registro Publico.
Para organizarse y operar como sociedad de inversión se requiere autorización de la Comisión que será otorgada discrecionalmente, oyendo previamente la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a los solicitantes que presenten propuestas viables económica y jurídicamente, que satisfagan los siguientes requisitos:
I. Presentar la solicitud respectiva, así como el proyecto de estatutos sociales;
LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Presentar un programa general de operación y funcionamiento de la sociedad, que cumpla con los requisitos que establezca la Comisión; y
III. Las escrituras constitutivas de las sociedades de que se trata, así como sus reformas, deberán ser aprobadas por la Comisión. Una vez aprobadas la escritura o sus reformas deberán inscribirse en el Registro Público de Comercio. En todo caso, deberán proporcionar a la Comisión copia certificada de las actas de asamblea y, cuando proceda, testimonio notarial en el que conste la protocolización de las mismas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Proceso administrativo extenso de constitucion. Requiere aprobacion en multiples etapas: solicitud, estatutos, programa operativo, registro. Contadores deben presupuestar tiempo y costos legales.
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