LSAR

Artículo 55. Procedimiento previo a revocación

Antes de revocar una autorización, la Comisión debe seguir un procedimiento que incluye notificaciones y plazos para alegatos. Esto garantiza el derecho de defensa.

procedimientorevocacioncomision

Texto Legal

Previo a la revocación de la autorización, la Comisión deberá proceder conforme a lo siguiente:

I. Notificar personalmente al interesado la determinación de revocar la autorización de que se trate;

II. Conceder al interesado un plazo de diez días hábiles contado a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta efectos la notificación correspondiente, que a petición de parte se podrá ampliar por el mismo lapso por una sola vez para lo cual se considerarán las circunstancias particulares del caso; a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga, ofreciendo o acompañando, en su caso, las pruebas que considere convenientes; Fracción reformada DOF 24-01-2024

III. Concluido el plazo a que se refiere la fracción anterior y, en su caso, el de su ampliación, la Comisión contará con un plazo de hasta sesenta días hábiles para el desahogo de las pruebas; Fracción reformada DOF 24-01-2024

IV. Al día hábil siguiente de concluido el plazo para el desahogo de las pruebas la Comisión notificará a la interesada de que se trate la apertura del periodo de cinco días hábiles para formular alegatos. La Comisión podrá realizar dicha notificación por estrados o por cualquier otro medio, que determine, y Fracción adicionada DOF 24-01-2024

V. Al día hábil siguiente al vencimiento del plazo para formular alegatos, se tendrá por cerrada la instrucción y la Comisión contará con un plazo no mayor a ciento ochenta días hábiles para emitir y notificar la resolución que ponga fin al procedimiento administrativo a que se refiere el presente artículo. La resolución correspondiente, no admitirá recurso administrativo alguno. Fracción adicionada DOF 24-01-2024

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las administradoras deben estar atentas a los procedimientos de la Comisión. Conocer sus derechos y el proceso puede ayudar a mitigar riesgos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 55 del LSAR?

Antes de revocar una autorización, la Comisión debe seguir un procedimiento que incluye notificaciones y plazos para alegatos. Esto garantiza el derecho de defensa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 55 de la LEY de los Sistemas de Ahorro para el Retiro?

Las administradoras deben estar atentas a los procedimientos de la Comisión. Conocer sus derechos y el proceso puede ayudar a mitigar riesgos legales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 55 del LSAR?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 55 LSAR desde tu celular