LSAR

Artículo 7. Integracion de Junta de Gobierno

La Junta de Gobierno tiene 15 miembros: Secretario de Hacienda (Presidente), Presidente de CNSAR, dos vicepresidentes, 8 vocales de dependencias, y 4 representantes obreros y 1 empresarial. Establece sistema tripartito equilibrado.

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Texto Legal

La Junta de Gobierno estará integrada por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien la presidirá, el Presidente de la Comisión, dos vicepresidentes de la misma y otros trece vocales. Párrafo reformado DOF 15-06-2007

Dichos vocales serán el Secretario del Trabajo y Previsión Social, el Gobernador del Banco de México, el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, el Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, el Director General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, el Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y el Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

Los cinco vocales restantes serán designados por el Secretario de Hacienda y Crédito Público debiendo ser cuatro representantes de las organizaciones nacionales de trabajadores y uno de los correspondientes a los patrones, que formen parte del Comité Consultivo y de Vigilancia y que ostenten la mayor representatividad. Párrafo reformado DOF 15-06-2007

En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público, lo suplirá el Presidente de la Comisión.

Por cada miembro propietario se nombrará un suplente que en todo caso deberá ser un funcionario con el rango inmediato inferior al del miembro propietario. Los miembros suplentes podrán ser removidos libremente por las dependencias, entidades o instituciones que los hayan designado. Los representantes suplentes de las organizaciones obreras y patronales serán designados en los mismos términos que los miembros propietarios.

La Junta de Gobierno contará con un Secretario, el cual podrá expedir constancias de los acuerdos de los órganos colegiados de la propia Comisión.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La representacion tripartita (gobierno, trabajadores, patrones) es constitutiva del sistema. Los cambios en vocales requieren seguir procedimientos precisos. Las decisiones requieren 9 miembros como quorum minimo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del LSAR?

La Junta de Gobierno tiene 15 miembros: Secretario de Hacienda (Presidente), Presidente de CNSAR, dos vicepresidentes, 8 vocales de dependencias, y 4 representantes obreros y 1 empresarial. Establece sistema tripartito equilibrado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la LEY de los Sistemas de Ahorro para el Retiro?

La representacion tripartita (gobierno, trabajadores, patrones) es constitutiva del sistema. Los cambios en vocales requieren seguir procedimientos precisos. Las decisiones requieren 9 miembros como quorum minimo.

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