LMigra

Artículo 115. Mecanismos retorno deportacion Instituto

Instituto cuenta con mecanismos de retorno asistido y deportacion para hacer abandonar territorio nacional a extranjeros que incumplieron disposiciones de Ley Migracion y su Reglamento.

retorno asistidodeportacionincumplimientoabandono territorio

Texto Legal

El Instituto contará con los mecanismos de retorno asistido y deportación para hacer abandonar el territorio nacional a aquél extranjero que no observó las disposiciones contenidas en esta Ley y su Reglamento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Retorno asistido y deportacion son mecanismos distintos; el primero es voluntario facilitado, el segundo coactivo. Documentacion de incumplimiento especifico es prerequisito; quejas sin fundamento pueden generar responsabilidad institucional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 115 del LMigra?

Instituto cuenta con mecanismos de retorno asistido y deportacion para hacer abandonar territorio nacional a extranjeros que incumplieron disposiciones de Ley Migracion y su Reglamento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 115 de la LEY de Migración?

Retorno asistido y deportacion son mecanismos distintos; el primero es voluntario facilitado, el segundo coactivo. Documentacion de incumplimiento especifico es prerequisito; quejas sin fundamento pueden generar responsabilidad institucional.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 115 del LMigra?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 115 LMigra desde tu celular