LMigra

Artículo 12. Reconocimiento de personalidad juridica

Migrantes independientemente de situacion migratoria tienen derecho al reconocimiento de su personalidad juridica conforme a Constitucion y tratados internacionales.

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Texto Legal

Los migrantes, independientemente de su situación migratoria, tendrán derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución y en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Derecho fundamental que permite a migrantes indocumentados actuar en procedimientos juridicos, suscribir contratos y ejercer derechos civiles basicos. Limita argumentos de nulidad basados en estatus migratorio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LMigra?

Migrantes independientemente de situacion migratoria tienen derecho al reconocimiento de su personalidad juridica conforme a Constitucion y tratados internacionales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de Migración?

Derecho fundamental que permite a migrantes indocumentados actuar en procedimientos juridicos, suscribir contratos y ejercer derechos civiles basicos. Limita argumentos de nulidad basados en estatus migratorio.

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