LNCM

Artículo 106. Cancelacion hipoteca marítima

La cancelacion de la inscripcion de hipoteca solo puede realizarse por voluntad expresa de las partes o por resolucion judicial.

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Texto Legal

La cancelación de la inscripción de una hipoteca sólo podrá ser realizada por voluntad expresa de las partes o por resolución judicial.

TITULO QUINTO DE LOS CONTRATOS DE UTILIZACIÓN DE EMBARCACIONES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES COMUNES

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece un procedimiento claro y formal para la liberacion de hipotecas. Los deudores deben obtener documento notarial de cancelacion mutua o resolucion judicial, y los registradores deben exigir estos documentos para cancelar la inscripcion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 106 del LNCM?

La cancelacion de la inscripcion de hipoteca solo puede realizarse por voluntad expresa de las partes o por resolucion judicial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 106 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Este articulo establece un procedimiento claro y formal para la liberacion de hipotecas. Los deudores deben obtener documento notarial de cancelacion mutua o resolucion judicial, y los registradores deben exigir estos documentos para cancelar la inscripcion.

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