LNCM

Artículo 155. Responsabilidad en abordaje con remolque

En abordaje con embarcacion en remolque: si remolcada dirige maniobra, convoy es unidad unica para responsabilidad frente a terceros. Si remolcadora dirige, responsabilidad recae sobre ella.

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Texto Legal

Para los casos de abordaje con otra embarcación en remolque, si la dirección del remolque estaba a cargo de la remolcada, el convoy será considerado como una sola unidad de transporte para los fines de la responsabilidad frente a terceros. Si la dirección de la maniobra estaba a cargo de la remolcadora, la responsabilidad recaerá sobre ésta.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Regla de atribucion de responsabilidad segun quien dirige la operacion. Quien controla la maniobra asume responsabilidad. Critico para seguros maritimos: debe quedar claro en contratos de remolque quien dirige para asignacion de responsabilidad y cobertura aseguradora.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 155 del LNCM?

En abordaje con embarcacion en remolque: si remolcada dirige maniobra, convoy es unidad unica para responsabilidad frente a terceros. Si remolcadora dirige, responsabilidad recae sobre ella.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 155 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Regla de atribucion de responsabilidad segun quien dirige la operacion. Quien controla la maniobra asume responsabilidad. Critico para seguros maritimos: debe quedar claro en contratos de remolque quien dirige para asignacion de responsabilidad y cobertura aseguradora.

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