LNCM

Artículo 195. Presuncion valuacion fraude asegurador nulidad

Suscripcion de póliza presume exactitud de valuacion salvo omisiones o inexactitudes; si asegurador prueba fraude del asegurado, contrato es nulo y asegurador retiene prima.

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Texto Legal

La suscripción de la póliza creará una presunción legal de que los aseguradores admitieron como exacta la evaluación hecha en ella de los efectos asegurados, salvo los casos de omisiones o inexactas declaraciones. Si el asegurador probare el fraude del asegurado, el contrato de

LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO MARÍTIMOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

seguro será nulo para el asegurado y el asegurador ganará la prima, sin perjuicio de las consecuencias penales que correspondan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Asegurador debe probar fraude; presuncion favorece asegurado inicialmente. Carga probatoria fuerte; omisiones involuntarias pueden no invalidar póliza; consecuencias penales aplican adicionalmente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 195 del LNCM?

Suscripcion de póliza presume exactitud de valuacion salvo omisiones o inexactitudes; si asegurador prueba fraude del asegurado, contrato es nulo y asegurador retiene prima.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 195 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Asegurador debe probar fraude; presuncion favorece asegurado inicialmente. Carga probatoria fuerte; omisiones involuntarias pueden no invalidar póliza; consecuencias penales aplican adicionalmente.

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